Base Legal
Matriz de competencias
Constitución de la República del Ecuador
Art. 264:
Los gobiernos municipales deberán gestionar los servicios de prevención, protección, socorro y extinción de incendios.
Ley de Defensa contra incendios
Art. 35:
Competencias de permisos anuales, previo a otorgar las patentes municipales, permisos de construcción y permisos de funcionamiento.
Art. 53:
Competencias de Visto Bueno de Planos.
Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD)
Art. 55:
Los GADS deberán gestionar los servicios de prevención, protección, socorro y extinción de incendios.
Art. 55:
Competencia de Gestión de Riesgos.
Reglamento General a la Ley de Defensa contra Incendios
Art. 10:
Obligatoriedad de los Cuerpos de Bomberos de crear grupo asesor: Talento Humano, Prevención, Instrucción y Operación; Logístico.
Código Orgánico de Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público (COESCOP)
Art. 3:
Funciones de Seguridad Ciudadana, protección interna y orden público.
Art. 218:
Naturaleza de las entidades complementarias de seguridad.
Art. 274:
Naturaleza de los Cuerpos de Bomberos.
Art. 276:
Funciones de los Cuerpos de Bomberos.
Reglamento de prevención, mitigación y protección contra incendios
Reglas Técnicas en materia de prevención de incendios en el Ordenamiento Metropolitano.
Ordenanza Metropolitana No. 0470
Reglas Técnicas en materia de prevención de incendios en el Ordenamiento Metropolitano.
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